Ciudad de México. Vecinos de Lomas de Chapultepec difundieron la clausura de la construcción que se realiza en la calle Aguiar y Seijas número 160, a la que se le revocó la licencia respectiva por haber presentado un documento apócrifo.
En 2014 se reactivó la construcción de un edificio de ocho niveles para oficinas en el número 160 de Aguiar y Seijas, en Lomas de Virreyes, a pesar de que la Procuraduría Ambiental y Ordenamiento Territorial (PAOT) advirtió que era ilegal por presentar documentos apócrifos.
En el expediente PAOT-2012-945-SOT-436, fechado el 26 de marzo de 2013, se señala que la Dirección General de Administración Urbana de la Seduvi detectó que la Constancia de Zonificación de Uso de Suelo no era auténtica.
El folio del permiso con el que la obra estaba identificada correspondía a un predio ubicado en la Delegación Benito Juárez, y no a Miguel Hidalgo donde está el terreno.
“Informó que el documento de la Constancia en comento no es auténtico, por lo que no puede otorgar la validación de dicho documento.
“Toda vez que la Secretaría (de Desarrollo Urbano y Vivienda) en comento, cuenta con un documento denominado ‘solicitud de constancia de zonificación de uso de suelo’ identificada con folio 018166 de fecha 7 de junio de 1991, correspondiente a otra dirección Mario Rojas Avendaño, número 88, Colonia Ticumac, Delegación Benito Juárez”, dice el expediente.
Con ese documento, el director responsable de obra, Raúl Ávila Flores, ingresó una solicitud de manifestación de construcción para el inmueble en la Delegación Miguel Hidalgo.
Sin embargo, la Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos de la PAOT no ha procedido penalmente contra él por presentar documentos falsos, acusó el Comité Ciudadano en Lomas de Virreyes.
El 7 de junio de 2012, la administración del entonces Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo, Demetrio Sodi, determinó ordenar la clausura definitiva de la construcción y revocar la manifestación de construcción, mediante un juicio de nulidad.
La Inmobiliaria Aguilar SA de CV se inconformó ante el Tribunal de lo Contencioso y Administrativo, cuyo dictamen fue resuelto en julio de 2013 por la Sala Superior y concluyó que la revocación no procedía.
Ante esa resolución, la Delegación solicitó un amparo y al mismo tiempo la constructora ingresó una queja. Derivado de la queja, se ordenó el retiro de sellos.
El Programa Parcial de Lomas de Chapultepec, en el cual se ubica el inmueble, prohíbe la construcción de edificios de más de 9 metros de altura y con uso distinto al habitacional unifamiliar.

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