El Instituto de Verificación Administrativa (Invea) no podrá designar a los verificadores en la alcaldía de Cuajimalpa, resolvió al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues ésta es una competencia de la autoridad territorial.
El máximo órgano judicial discutió la controversia constitucional presentada por la alcaldía, a la Ley del Invea de la Ciudad de México, publicada el 12 de junio de 2019.
Al discutir la ponencia del ministro Javier Laynez Potizek, el Pleno de la Corte, resolvió que diversos preceptos de esa norma invadían la competencia que solo corresponde a la alcaldía.
Creo que la confusión está en que, se está confundiendo la facultad de hacer verificaciones, de llevar a cabo verificaciones, lo cual no está discusión, con el nombramiento de los servidores públicos del Invea.
La facultad de verificar no conlleva, no es inherente a la facultad de nombrar al pull, digamos, de verificadores que corresponde a la ciudad, hay que distinguir las cosas, una cosa es verificar, tienen esta facultad, otra cosa es nombrar a los verificadores”, argumentó en la discusión el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.
El Pleno de Ministros dejó pendiente el plazo que tendrá la alcaldía de Cuajimalpa para designar a los verificadores, con una propuesta de 90 días, mientras tanto, el INVEA seguirá realizando esas tareas.
De esta forma se declararon inválidos los artículos de la Ley del Invea, relacionados con la facultad del organismo para designar a los verificadores de esta demarcación.
El Pleno de Ministros dejó para la sesión de este martes la discusión de los efectos de esta controversia constitucional, debido a que se trata de un conflicto que solo aplicará a la alcaldía Cuajimalpa, autoridad que reclamó al gobierno de la Ciudad de México.

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